La manera de facturar es otra de los elementos que difiere, por lo general, al Interim Legal Manager de otro tipo de profesionales jurídicos más cotidianos como lo puedan ser los abogados. Por lo general, estos últimos suelen realizar un presupuesto a tanto alzado en función del asunto puntual de que se trate, incluyendo en el mismo el estudio del caso, la revisión documental y la emisión de escritos y/o contratos (actividades paradigmáticas de este tipo de profesionales, como bien sabemos los que hemos sido cocineros antes que frailes). Los Interim Legal Managers, por de pronto, no son tan dados a asesorar en cuestiones puntuales (dejando de lado los conflictos y el asesoramiento preventivo) sino más bien por Proyectos (más o menos extensos) definidos previamente, que tienen además cierta autonomía dentro de la empresa o unidad de negocio de que se trate. Por ello, y dada la actividad de apoyo o soporte que los caracteriza, de manera más o menos continuada, la facturación a tanto alzado, que en este caso podríamos definir por Proyecto, sí se produce o puede producirse en función de las circunstancias, pero no es tan común. Lo cierto es que los Interim Legal Managers son, o pueden ser, más dados, y así lo vemos en OfLegal, a facturar por horas trabajadas, en el sentido de que lo que se realiza es lo que se factura tras una, como mucho, estimación inicial junto con las correspondientes posibles variaciones. Por experiencia podemos afirmar que la actividad de soporte legal que caracteriza al Interim Legal Manager lo es abierta, entendiendo por ello el hecho de que el asesoramiento en particular va demandando más o menos horas de trabajo a medida que el Proyecto avanza, radicando ahí la necesidad de la flexibilidad en materia de honorarios.
La facturación por horas, la flexibilidad a la que acabamos de aludir, es más beneficiosa para el cliente que para el asesor, porque evita el que éste, y por una mera, y también comprensible, cuestión de rentabilidad, termine por realizar presupuestos expansivos (que nacen de una manera o de otra de la experiencia) a los efectos de evitar excesos de trabajo no facturables, razón por la cual, y de manera clara, la facturación por horas es la que, al menos desde OfLegal, vemos como más conveniente. Ello da lugar al hecho de que, en muchas ocasiones, las diferencias de precio en materia de honorarios entre un abogado “al uso” y un Interim Legal Manager sean más que notables, ya que presupuestar basándose en el asunto, al trabajo que previsiblemente se va a acometer, no deja de ser una estimación, la cual, en la facturación por horas, no se da en ningún caso. Desde OfLegal le invitamos a que nos ponga a prueba, en relación con cualquiera de los servicios que ofrecemos, con el objeto de comprobar que la facturación por hora trabajada no tiene competencia en términos de rentabilidad para el cliente, lo que no hace sino aumentar la confianza en su asesor en todos los sentidos, más allá de los elementos puramente profesionales.