¿En qué situaciones puede un Interim Legal Manager serme útil?

Recientemente hemos firmado con una compañía inglesa el acometimiento de la implantación de su negocio en España (el desarrollo de software en este caso) en la que ya comúnmente se conoce como la Silicon Valley Española, Málaga. Este blog viene a colación de lo que un Interim Legal Manager puede aportar a compañías, ya sean extranjeras o Españolas, que abren nuevos establecimientos comerciales o que constituyen sociedades para acometer nuevos negocios. En pocas palabras, se da la circunstancia de que este tipo de iniciativas lo son de tracto sucesivo, es decir, que no se circunscriben a cuestiones legales puntuales o doctrinales, en el entendido de que los aspectos comerciales (estructura contractual a firmar con los clientes), y los societarios, así como los fiscales, regulatorios y laborales (en el supuesto del cliente al que aludimos también los referidos a la propiedad intelectual como es evidente), y sobre todo el cómo se enfocan, inciden mucho en el devenir futuro de la empresa. Por este motivo, el asesor, en este caso el Interim Legal Manager, desde dentro, debe tener su parcela de protagonismo (la justa, no nos equivoquemos, porque un Interim Legal Manager no deja de ser una herramienta), antes, durante y poco después (monitorización) de iniciarse la actividad. Baste decir, una vez más, y no nos cansaremos de insistir en este punto, tal y como ya hemos hecho en otros blogs, que una cosa es el Derecho y otra el cómo incide éste, desde una perspectiva material, en el devenir de una unidad económica. No basta con saber de leyes, hay que saber, y lograr, elegir los mecanismos y las vías adecuadas de actuación y de implantación de la norma para que la satisfacción de los clientes, a todos los niveles, sea plena. En lo que a esto concierne, un profesional interino, de carácter legal, trabajando por horas (siempre justificadas) a modo de apoyo (que no firmando igualas o presupuestos de honorarios a tanto alzado), seguramente, por no decir que con total seguridad, podrá darle salida de una manera más eficiente a las inquietudes, que son muchas en este tipo de iniciativas, de los clientes.

Tal y como hemos reflexionado en otras ocasiones, de manera más o menos insistente, a lo largo de este blog, lo anterior es así no por capricho, ni tampoco por el hecho de que en nuestra pequeña y cercana consultora veamos así las cosas, sin más. El motivo por el que nuestro enfoque a nivel profesional, en este caso en lo que a la prestación de servicios de Interim Legal Management en la implantación de unidades de negocio respecta, es así, es el de que tenemos más que claro por experiencia que el acompañamiento, utilizando el Derecho en este caso como herramienta de trabajo, termina por superar siempre y por lo tanto ser mucho más productivo que el mero concepto de asesoramiento al que se suele tender en estos casos. El asesoramiento sin más, entendido de manera singular, es muy intuitivo, y por supuesto necesario, pero es indudable que no siempre da o no suele dar respuesta a esas inquietudes, a ese confort legal, que tanto valoran las empresas cuando de expandirse se refiere.

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