¿Debo tener un asesor en origen, además del local, cuando internacionalizar mi empresa?.

Es esta una cuestión que no se suele tener muy en cuenta cuando de internacionalizar empresas o unidades de negocio se trata. Se da la circunstancia de que todos los empresarios entienden, y en consecuencia asumen, que el contar con un asesor local, en destino, al nivel que corresponda, legal, contable, administrativo, resulta más que intuitivo además de necesario, pero en estos casos, en ocasiones, se puede perder de vista la figura del asesor coordinador o intermediario entre los abogados locales y la propia empresa que pretende invertir fuera.

Efectivamente, contar con un asesor o consejero legal de carácter nacional, que conozca el mercado interno en el que se invierte, así como las particularidades de la actividad comercial internacional, resulta más que relevante porque en muchas ocasiones no deben tenerse únicamente en cuenta los aspectos de fondo, sino también los culturales así como el propio entendimiento de lo que se está haciendo y por qué. En otras palabras, una empresa que invierte fuera de España o que quiere establecerse en otra jurisdicción, no debe dejarse hacer, es decir, no debe confiar a ciegas en los asesores que tenga contratados en el territorio que corresponda, sino que, y en principio, debería contar con un abogado o asesor legal Español que “traduzca” a todos los niveles lo que se está haciendo, que lo explique, y que guíe a la empresa en un proceso tan complejo como este. Lo contrario implica correr riesgos innecesarios y no tener un total control sobre lo que se está desarrollando, no solo desde una perspectiva comercial, sino también económica y fiscal.

Un ejemplo podría clarificar aún más aquello de lo cual estamos dando traslado. Cuando se viaja, inevitablemente nos relacionamos con hoteles, empresas de alquiler de vehículos y demás figuras análogas en destino, pero no por ello dejamos de, y por lo general, contratar el viaje propiamente dicho con una agencia local que nos gestiona o tramita todo en origen, es decir, en el propio país en el que vivimos o estamos radicados.

La figura del asesor local que incide en el aspecto internacional y se coordina con los abogados o asesores en el país de destino, siempre aporta y da un cierto confort en la toma de decisiones, aunque solo sea por hablar el mismo lenguaje que los asesores extranjeros, más allá de dominar la normativa internacional y los procedimientos y cauces normales de inversión. Por todo ello, puede o debe concluirse que sí, que invertir o expandir nuestro negocio a otro lugar, a otro país o continente, requiere, aunque ello no sea tan intuitivo inicialmente, un apoyo interno, a nivel legal y con experiencia en actuar en jurisdicciones terceras, que pueda actuar como intermediario entre los asesores en origen y el asesorado, a la hora de acometer el proceso de inversión.

Lo cierto es que dicha actividad puede ahorrar muchas horas de trabajo, así como disgustos por qué no decirlo, en el entendido de que el empresario bastante tiene con la toma de decisiones y la gestión interna del proceso de internacionalización que ha decidido acometer, como para estar coordinando el día a día de la internacionalización de su empresa con asesores que están en otros países y sobre los que, lo pretenda o no, no puede tener un control absoluto.

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